El Infonavit debe dar a conocer el número de derechohabientes que cuentan con un crédito catalogado como “deuda impagable” desglosado por estado al 24 de marzo de 2024, instruyó el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Además, el Infonavit (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores) debe dar a conocer la definición de “deuda impagable”, los criterios utilizados para catalogarla de tal manera y las acciones que un derechohabiente puede implementar cuando su deuda sea impagable.
La información fue solicitada por una persona que se inconformó con la primera respuesta del Infonavit y acudió al INAI porque el instituto de vivienda no atendió cada uno de sus requerimientos.
El equipo de la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas determinó que la búsqueda de información realizada por el Infonavit no fue exhaustiva ni congruente y que las Subdirecciones Generales de Gestión de Cartera, de Planeación Financiera y Fiscalización y de Crédito pueden dar respuesta puntual a la solicitud de información.
Que una persona cuente con información útil sobre la deuda de su crédito hace la diferencia entre que pueda o no conservar su patrimonio, dijo la Comisionada del Río. “Este recurso muestra con claridad la importancia del acceso a la información como llave o puente para garantizar otros derechos, en este caso el de la vivienda”.
El pleno del INAI modificó por unanimidad la respuesta del Infonavit y le instruyó hacer una búsqueda exhaustivacon un criterio amplio en todas sus áreas competentes.
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